Me cortó el teléfono

Enrique Vargas Peña (foto de inforsur.com)

El pasado viernes, 27 de abril, traté de hablar con los senadores que le impusieron al pueblo el pago de cincuenta millones de dólares (US$ 50.000.000) para pagar a personas falsamente denominadas “inscriptores”, para que la audiencia de la 9.70 AM pudiera escuchar por boca de los mismos en qué se basaron para actuar de ese modo.

El jueves 26, una amplia mayoría de senadores sancionó, a las apuradas y a las escondidas, esa ley por la que darán tan enorme cantidad de dinero. No publicaron la lista de asistentes, se negaron a votar nominalmente y trataron de votar sin presencia de la prensa, tan conscientes son de la indecencia de esa ley.

El proyecto de ley aprobado por el Senado habla de destinar salarios mínimos como para nueve mil (9.000) personas falsamente denominadas “inscriptores”, que se sumarán a los ocho mil (8.000) que ya están en Justicia Electoral, para inscribir hasta diciembre a doscientos cincuenta mil ciudadanos en el Registro Cívico.

Publiqué dos artículos sobre este proyecto en los que se detalla la genealogía del mismo y sus mentiras, “La democracia es cara” () y “Políticos sin vergüenza” ().

El diario ABC reconstruyó la lista de presentes, por lo que ahora sabemos, a pesar de que intentaron esconderse, que votaron por esa ley los liberales Oscar Denis, Blanca Fonseca, Julio César Franco, Zulma Gómez, Ramón Gómez Verlangieri, Iris Rocío González, Amancio López, Alfredo Jaeggli y Luis Alberto Wagner; los colorados Gregorio Areco, Rogelio Benítez, Víctor Bernal, Jorge Céspedes, Juan Carlos Galaverna, Oscar González Daher, Juan Darío Monges, Alfredo Stroessner, Julio César Velázquez y Lucio Vergara; los oviedistas José Manuel Bóveda, Roger Caballero, Mario Cano Yegros, Herminio Chena, Enrique González Quintana, Clarissa Marín, Jorge Oviedo Matto y Lino César Oviedo; los de País Solidario Alberto Grillón y Samuel García y el de Tekojojá Sixto Pereira.

Me contestaron las llamadas Gregorio Areco (ANR) y Oscar Denis (PLRA). El día anterior, jueves, me había contestado ya Ramón Gómez Verlangieri (PLRA).

Gregorio intentó mentir, diciendo que lo aprobado era para pagar la compra de elementos necesarios para el funcionamiento de la justicia electoral con las innovaciones introducidas últimamente (desbloqueo y voto en el exterior), pero desistió pronto al notar, seguramente, que yo tenía frente a mí el proyecto que habían aprobado, que habla casi exclusivamente de jornales, pasajes y viáticos.

Areco y Gómez Verlangieri admitieron finalmente lo que todo el mundo sabe, que votaron así para el pago de operadores políticos, para financiar el funcionamiento de las estructuras electorales de sus partidos.

Pero Oscar Denis intentó mantenerse en la mentira.

Sostuvo que los salarios, aprobados para los falsamente denominados “inscriptores”, son para inscribir a un millón de paraguayos.

Le pregunté si había leído el proyecto que aprobó y me dijo que sí. Entonces le pregunté cómo, si había leído el proyecto, estaba hablando de un millón de inscriptos cuando en las planillas que justifican el presupuesto del proyecto se habla solamente de doscientos cincuenta mil inscriptos hasta diciembre.

En ese momento le dije que estaba mintiendo. Se lo dije porque mintió al decir que había leído el proyecto o mintió al cambiar las cifras de inscriptos con que se justificó el proyecto.

Me dijo que si lo iba a tratar de mentiroso no seguiría la conversación y que me volvería a atender cuando yo fuera más objetivo.

Y mientras yo empezaba a leerle el texto de las planillas de presupuesto del proyecto, que hablan de doscientos cincuenta mil inscriptos, para que sepa por qué le había dicho que estaba mintiendo, me cortó el teléfono.

No cuestiono el derecho de político alguno a cortarme el teléfono. Pero si lo hacen, tengo derecho a pensar que cortaron porque se quedaron sin argumentos: En efecto, la lectura de las planillas de presupuesto del proyecto muestra que Oscar Denis mintió al decir que leyó el proyecto o que mintió al hablar de un millón de inscriptos; cuando quedó en evidencia, prefirió cortar.

Tengo entendido –me lo contaron vía Facebook- que la senadora Blanca Fonseca (PLRA) le dijo a Carlos Peralta, en radio Primero de Marzo, que “no me arrepiento haber votado el Presupuesto de la Justicia Electoral, porque…los funcionarios…trabajan como negros (sic)…no tienen horario ni día para defender la democracia y ni siquiera ganan sueldo mínimo”.

Si los funcionarios de Justicia Electoral no ganan salario mínimo, entonces quiere decir que con la ley sancionada el jueves contratarán a mucho más que nueve mil (9.000) personas.

Pero supongamos que contratarán solamente a nueve mil (9.000). Se sumarían a los ocho mil (8.000) que ya están en Justicia Electoral, totalizando diecisiete mil (17.000) personas para inscribir a doscientos cincuenta mil ciudadanos (250.000) hasta diciembre.

Esto da que cada “inscriptor” deberá inscribir a dos (2) personas por mes: Dos (2) por (x) diecisiete mil (17.000) es igual (=) a treinta y cuatro mil (34.000) por mes. Y desde mayo hasta diciembre hay ocho meses (8), por lo que ocho (8) por (x) treinta y cuatro mil (34.000) es igual (=) a doscientos setenta y dos mil (272.000) inscriptos.

Blanca Fonseca y los senadores que votaron con ella, pretenden que creamos que inscribir a dos (2) personas por mes es “trabajar como negros” (sic).

Supongamos aún que la cifra que quiso hacernos creer Oscar Denis es la correcta y que esos diecisiete mil (17.000) “inscriptores” deben inscribir un millón (1.000.000) de ciudadanos, tendríamos que cada uno debería inscribir a ocho (8) ciudadanos por mes: Ocho (8) ciudadanos por (x) diecisiete mil (17.000) “inscriptores” es igual (=) a ciento treinta y seis mil (136.000) inscriptos por mes y ciento treinta y seis mil (136.000) inscriptos por mes por (x) ocho (8) meses es igual (=) a un millón ochenta y ocho mil (1.088.000) inscriptos hasta diciembre.

Se observa pues que si la cifra que quiso hacernos creer Oscar Denis es la correcta, cada “inscriptor” debería inscribir a cuatro (4) ciudadanos por semana, menos de uno (1) por día. Eso es para la senadora Blanca Fonseca “trabajar como negro” (sic).

Como se ve fácilmente, la “inscripción” que los políticos que sancionaron con la ley en cuestión es solamente una excusa y lo que nos están obligando a pagar en realidad es a operadores políticos que dedicarán la mayor parte del tiempo de sus “contratos” en Justicia Electoral a operar para la reelección de los senadores y diputados que votaron por esa ley.
Artículo publicado en la edición impresa de La Nación del domingo 29 de abril de 2012

No hace falta cambiar nuestra Constitución

Enrique Vargas Peña (foto de pj.gov.py)

Creo que estas últimas semanas de intenso debate sobre nuestro Poder Judicial dejaron en evidencia que el pueblo paraguayo está muy consciente de sus problemas y que está ansioso de resolverlos cuanto antes, porque una sociedad no puede prosperar sin un servicio de justicia adecuado.

La Corte Suprema dio un paso gigantesco hacia la verdadera reforma estructural de nuestro Poder Judicial al confirmar la inamovilidad de sus ministros a pesar de la ambición de políticos del Senado de mantenerla sometida mediante el proceso de confirmaciones sucesivas.

La inamovilidad de los jueces supremos es el mecanismo más eficaz conocido en las grandes democracias funcionales del mundo para garantizar la independencia del Poder Judicial y eso es lo que estableció la Corte Suprema en el fallo que benefició al ministro César Garay.

La independencia de los jueces de menor rango, en cambio, sigue amenazada por la manera en que se están conformando el Consejo de la Magistratura y el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

De estos dos institutos constitucionales, el que más amenaza la independencia de los jueces es el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, regulado por el Artículo 253 de nuestra Constitución, que dice que “Los magistrados judiciales sólo podrán ser enjuiciados y removidos por la comisión de delitos, o mal desempeño de sus funciones definido en la ley, por decisión de un Jurado de enjuiciamiento de magistrados. Este estará integrado por dos ministros de la Corte Suprema de Justicia, dos miembros del Consejo de la Magistratura, dos senadores y dos diputados; éstos cuatro últimos deberán ser abogados. La ley regulará el funcionamiento del Jurado de enjuiciamiento de magistrados”.

Esta ley es la inconstitucional 3759/09, que en su artículo 3 dispone que “Los miembros del Jurado serán designados respectivamente por simple mayoría de votos de los miembros de la Corte Suprema de Justicia, de la Cámara de Senadores, de la Cámara de Diputados y del Consejo de la Magistratura. Los miembros del Jurado durarán en sus funciones hasta tanto cumplan el periodo para el cual hubieran sido electos o designados”.

Este artículo 3 de la ley 3759/09 no es el que causa la inconstitucionalidad de esta norma y es una simple copia del de la anterior ley del Jurado, la 1084/09. Sin embargo, es uno de los artículos que restringe la independencia de los jueces.

El mecanismo es muy simple: La elección, en sus respectivas cámaras, de dos senadores y dos diputados para integrar el Jurado que “durarán en sus funciones hasta tanto cumplan el periodo para el cual hubieran sido electos” es motivo de negociaciones en las que los caciques políticos protegen sus áreas de influencia política y comercial.

Las razones por las que los diputados y senadores que son elegidos para integrar el Jurado son políticas y comerciales; poco que ver con la justicia.

Esto quedó perfectamente demostrado, precisamente, con la sanción y promulgación de la ley 3759/09, iniciativa de la Unión Nacional de Ciudadanos Éticos (UNACE), que otorga a los políticos el poder de juzgar a los jueces sin brindarles las garantías del debido proceso, restableciendo para ellos el oprobioso sistema inquisitorial, felizmente derogado por el Artículo 17 de nuestra Constitución.

El programa de Lino Oviedo, líder de UNACE, es, desde hace tiempo, asegurarse áreas de influencia política. Otros caciques tienen el programa real de asegurarse áreas de influencia comercial. Los políticos paraguayos tienden a formar una oligarquía (Del gr. ὀλιγαρχία. 1. f. Gobierno de pocos. 2. f. Forma de gobierno en la cual el poder supremo es ejercido por un reducido grupo de personas que pertenecen a una misma clase…”.)

Mediante el sistema inquisitorial, los políticos se atribuyeron a sí mismos el poder discrecional de sancionar a los jueces que les fueran desobedientes, para asegurar mejor las áreas de influencia de los caciques.

El efecto de este sistema es perverso y corruptor. Alienta a los jueces a proteger las áreas de influencia de los políticos y, lógicamente, les alienta a “cobrarse” beneficios sobre los que los políticos hacen la vista gorda, en un “quid pro quo” (esto por aquello) tremendamente perjudicial para la administración recta y decente de la justicia.

Esto es lo que están defendiendo los veintisiete senadores que votaron contra la inamovilidad de los ministros de la Corte Suprema.

La solución para este tema del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados es simple, tan simple que es muy llamativo que ningún político haya recurrido a ella, lo que agrega sospechas sobre su mala fe.

Los representantes del Senado y de la Cámara de Diputados en el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados no deben ser “elegidos”, pues la elección da lugar a la componenda descripta; sino que deberían ser “sorteados” para cada caso (“ad hoc”), de modo que los caciques tengan menores posibilidades de operar en defensa de sus áreas de influencia.

Para esto no hace falta una reforma constitucional, sólo cambiar la ley.

El sorteo es el más democrático de los sistemas, como ya lo comprendieron los atenienses desde la Constitución de Clístenes, y Aristóteles explica en su “Política” (Athenaion Politeia”), que es el mecanismo más eficaz contra las tendencias oligárquicas de los políticos.

Por supuesto, soy pesimista sobre las posibilidades de establecer el democrático sistema de sorteos en el Jurado de Enjuiciamiento, en lugar del actual sistema oligárquico, pero nada pierdo con exponer que hay caminos alternativos que los caciques se niegan tozudamente a transitar.

En cuanto al Consejo de la Magistratura, regulado por los Artículos 262 (“El Consejo de la Magistratura está compuesto por: un miembro de la Corte Suprema de Justicia…un representante del Poder Ejecutivo; un Senador y un Diputado…dos abogados de la matrícula…un profesor de las facultades de Derecho de la Universidad Nacional…y un profesor de las facultades de Derecho con no menos de veinte años de funcionamiento, de las Universidades privadas…La ley reglamentará los sistemas de elección pertinentes”) y 263 (“Los miembros del Consejo de la magistratura deben reunir los siguientes requisitos: Durará tres años en sus funciones y gozarán de iguales inmunidades que los Ministros de la Corte Suprema de Justicia. Tendrán las incompatibilidades que establezca la ley”) de nuestra Constitución, creo que se podría agregar en la ley 296/94 simplemente la prohibición de la reelección consecutiva de senadores y diputados.

Artículo escrito para la edición digital del diario La Nación, el domingo 22 de abril de 2012.